viernes 17, enero 2025

Filmus niega la soberanía argentina en la Antártida diciendo “que, por ahora, no es de nadie”

Fuente: Agenda Malvinas

Las declaraciones del exfuncionario a Página 12 causaron una nueva irritación en el ya convulsionado campo diplomático y político nacional; dado que colisionan frontalmente con la posición histórica del País -claramente conocida por Filmus-; que en términos jurídicos afirma, que la Argentina tiene soberanía sobre el Sector Antártico comprendido entre el meridiano 25 grados W y el meridiano 74 grados W, al sur del paralelo 60 grados S. hasta el Polo Sur.  Soberanía que fue proclamada con respecto a un territorio “res nullius” (cosa de nadie o sin dueño), al momento en que lo ocupó; al establecer en 1904 la base Orcadas y manteniendo una presencia permanente e ininterrumpida desde entonces.

Aun así, el dos veces secretario de Malvinas, Antártida y Atlántico Sur de la Nación le dijo al periodista: “Lo primero que hay que entender es que no se trata de territorio argentino. Los países signatarios originales del Tratado, entre los que se encuentran URSS, Chile y Reino Unido, tienen reclamos de soberanía sobre el territorio antártico. Cuando se firmó, si bien se resguardó y se le dio legitimidad a las demandas, los pedidos se pospusieron sin fecha límite. Es un territorio que, por ahora, no es de nadie”.

Chile entiende lo que Filmus se olvidó

A favor de la Argentina, vale recordar que fue recién unos 40 años después de la instalación de la Base Orcadas, y mucho antes de la existencia del Tratado Antártico, otro Estado -el Reino Unido de Gran Bretaña-, crea una base antártica.

Los derechos soberanos de la Nación en la Antártida también son entendidos por Chile. País que junto a la Argentina reconocen entre sí, sus respectivas reivindicaciones territoriales quedando sujeta a delimitación la porción geográfica superpuesta.

Más aún, el ejercicio de competencias territoriales en la Antártida se halla sujeto a la sabia fórmula contenida en el Artículo IV del Tratado Antártico de 1959″ por la cual “nadie renuncia a nada”, opina unos de los profesionales más importante en materia de derecho internacional de la argentina en la materia, consultado por Agenda Malvinas.

De tal forma la Antártida está integrada por los Estados con soberanía, los Estados con reclamos de soberanía, los que alegan tener fundamentos para reclamar soberanía cuando el Tratado dejara de estar en vigor y los Estados que no reconocen la posición de los anteriores. Vale decir como conclusión, que el citado Artículo IV preserva y cautela la posición de todas las partes. En nuestro caso, los derechos soberanos sostenidos por 120 años de permanencia ininterrumpida.

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